ULTIMO PARRAFO
ÚLTIMO PÁRRAFO DEL ARTÍCULO 33
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FRACCIÓN X TOTAL DE PLAZAS BASE Y CONFIANZA.
X
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FRACCIONES XLIX INFORMACION DE INTERESES PUBLICOS, PREGUNTAS FRECUENTES Y TRANSPARENCIA PROACTIVA.
(A) En esta fracción los sujetos obligados publicarán información que favorezca el co...
Leer más(A) En esta fracción los sujetos obligados publicarán información que favorezca el conocimiento de las actividades que llevan a cabo los sujetos obligados, responda a las preguntas hechas con más frecuencia por el público y, en su caso, permita la difusión proactiva de información útil para disminuir asimetrías de la información, mejorar el acceso a trámites y servicios, detonar la rendición de cuentas efectiva y optimizar la toma de decisiones de autoridades o ciudadanos (B) Los tipos de información que se darán a conocer en este apartado serán tres: Información de interés público, la que atienda a preguntas frecuentes y, en su caso, información útil generada de manera proactiva. (C) la emisión y evaluación de políticas de Transparencia Proactiva aprobados por el Sistema Nacional y como se establece en el numeral Sexto de dichos lineamientos, es obligatoria tanto en su identificación como en su publicación. Dicha información podrá ser, de manera enunciativa y no limitativa.
FRACCIONES XLVIII RESPONSABILIDAD HACENDARIA, SECRETARIA DE ADMINISTRACION Y FINANSAS O INSTANCIAS CORRESPONDIENTES.
(A) En esta fracción los sujetos obligados publicarán información que favorezca el co...
Leer más(A) En esta fracción los sujetos obligados publicarán información que favorezca el conocimiento de las actividades que llevan a cabo los sujetos obligados, responda a las preguntas hechas con más frecuencia por el público y, en su caso, permita la difusión proactiva de información útil para disminuir asimetrías de la información, mejorar el acceso a trámites y servicios, detonar la rendición de cuentas efectiva y optimizar la toma de decisiones de autoridades o ciudadanos. (B) Los sujetos obligados publicarán y actualizarán la información relativa al seguimiento de las obligaciones de responsabilidades hacendarias sobre los niveles de endeudamiento elevado las cuales se hayan contraído en términos de lo establecido en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Nayarit
FRACCIONES XLVII LISTADO DE SOLICITUDES A EMPRESAS Y REGISTRO DE LOCALIZACIÓN GEOGRÁFICA.
(A) Para efectos estadísticos, el listado de solicitudes a las empresas concesionaria...
Leer más(A) Para efectos estadísticos, el listado de solicitudes a las empresas concesionarias de telecomunicaciones y proveedores de servicios o aplicaciones de Internet para la intervención de comunicaciones privadas, el acceso al registro de comunicaciones y la localización geográfica en tiempo real de equipos de comunicación, que contenga exclusivamente el objeto, el alcance temporal y los fundamentos legales del requerimiento, así como, en su caso, la mención de que cuenta con la autorización judicial correspondiente. (B) Por su parte, los sujetos obligados que tengan la capacidad de solicitar órdenes judiciales o que estén relacionados con materias de seguridad estatal, (C) Aquellos sujetos obligados que no tengan las atribuciones o facultades para generar la información a que se refiere esta fracción, deberán señalarlo en una leyenda fundamentada, motivada y actualizada en la que se especifique tal situación. La información se organizará en formato de tabla con los datos que se indican a continuación
FRACCIONES XLVI LAS ACTAS DE SESIONES ORDINARIAS Y EXTRAORDINARIAS DEL CONSEJO CONSULTIVO.
(A) En la presente fracción se deberán publicar todas aquellas actas derivadas de las...
Leer más(A) En la presente fracción se deberán publicar todas aquellas actas derivadas de las sesiones celebradas por los Consejos consultivos de los sujetos obligados, según sea el ámbito de su competencia, en el que se distingan las sesiones ordinarias y las extraordinarias, así como los documentos de las opiniones y recomendaciones que emitan dichos consejos; además se vinculará a los documentos correspondientes. (B) En caso de que los sujetos obligados no hayan llevado a cabo ningún tipo de sesión del que se deriven actas, opiniones y recomendaciones por parte de los Consejos consultivos, o, que no cuenten con esta figura, deberán especificarlo mediante una leyenda motivada, fundamentada y actualizada al periodo correspondiente
FRACCIÓN XLV CATALOGO DE DISPOSICIÓN Y GUÍA DE ARCHIVOS DOCUMENTALES.
El artículo 24, fracción IV de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Informac...
Leer másEl artículo 24, fracción IV de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información indica que todo sujeto obligado deberá “constituir y mantener actualizados sus sistemas de archivo y gestión documental, conforme a la normatividad aplicable”. Asimismo, tal como lo establece el artículo 1°de la Ley General de Archivos, los sujetos obligados de los órdenes, federal, estatal y municipal deben cumplir los principios y bases generales para la organización y conservación, administración y preservación homogénea de los archivos en su posesión en concordancia con el artículo 11 de la misma ley que establece las obligaciones de los sujetos obligados en materia archivística.
FRACCIONES XLIV DONACIONES HECHOS A TERCEROS EN DINERO O EN ESPECIE.
(A) Los sujetos obligados que sean ejecutores de gasto podrán otorgar donativos siemp...
Leer más(A) Los sujetos obligados que sean ejecutores de gasto podrán otorgar donativos siempre y cuando lo hagan en los términos de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y su Reglamento, 132 las reglas, requisitos y los modelos de contratos para formalizar el otorgamiento de donativos fijadas por la Secretaría de la Función Pública, así como, en su caso, por las disposiciones análogas de las Entidades Federativas. Las donaciones en especie deberán sujetarse a la Ley General de Bienes Nacionales y demás disposiciones aplicables.133 (B) La información deberá estar organizada en dos apartados: el primero respecto a las donaciones en dinerola tendrá desglosada en formato de tabla; el corresponderá a las donaciones en especie (bienes muebleso inmuebles) entregadas a terceros, e incluirá los hipervínculos a los correspondientes contratos de donación, en su caso.
FRACCIONES XLIII LOS INGRESOS RECIBIDOS POR CUALQUIER CONCEPTO.
(A) Los sujetos obligados publicarán información sobre los recursos recibidos por cua...
Leer más(A) Los sujetos obligados publicarán información sobre los recursos recibidos por cualquier concepto, de conformidad con la respectiva ley de ingresos, incluidos, los obtenidos por impuestos, cuotas y aportaciones de seguridad social, contribuciones de mejoras, derechos, productos, aprovechamientos, ventas de bienes y servicios, participaciones y aportaciones, transferencias, asignaciones, subsidios, ayudas e ingresos derivados de financiamientos, así como los ingresos recaudados con base en las disposiciones locales aplicables en la materia. (B) Esta información se organizará de tal forma que se identifiquen el (los) nombre (s) del (los) responsable (s) de recibir, administrar y ejercer los recursos; así como los informes trimestrales que especifiquen el destino de dichos recurso
FRACCIONES XLII LISTADO DE PENSIONADOS Y JUBILADOS.
(A) El listado de jubilados y pensionados es generado y publicado por el [indicar el...
Leer más(A) El listado de jubilados y pensionados es generado y publicado por el [indicar el nombre del Instituto de seguridad social] como parte de las prestaciones de Ley que derivan del esquema de Seguridad Social previsto en la Ley [especificar la normatividad que regula al Instituto], toda vez que el (la) [especificar nombre de sujeto obligado] no tiene un esquema propio de jubilaciones y pensiones (B) Los sujetos obligados, en su carácter de instituciones integradoras de la información requerida a través de esta fracción, deberán difundir a través de los sitios de Internet que habiliten para ello, los listados de los jubilados y pensionados de cada uno de los sujetos obligados de la LTAIPEN, así como el monto de la porción de su pensión que reciban directamente de éstos, atendiendo a los criterios de contenido y organización que se muestran más adelante
FRACCIÓN XLI LOS ESTUDIOS FINANCIADOS CON RECURSOS PÚBLICOS.
En este apartado se deberá publicar un catálogo con todos los estudios que los sujeto...
Leer másEn este apartado se deberá publicar un catálogo con todos los estudios que los sujetos obligados hayan financiado total o parcialmente con recursos públicos, como parte de su naturaleza, sus atribuciones y funciones y de acuerdo con su programación presupuestal. Además, se proporcionarán los hipervínculos que permitan la consulta de los documentos que conforman tales estudios
FRACCIONES XL LAS EVALUACIONES, ENCUESTAS Y PROGRAMAS FINANCIADOS CON RECURSOS PUBLICOS.
(A) Los sujetos obligados regulados por la Ley General de Contabilidad Gubernamental...
Leer más(A) Los sujetos obligados regulados por la Ley General de Contabilidad Gubernamental y por las disposiciones que emita el Consejo Nacional de Armonización Contable deberán publicar la información relacionada con los resultados de las evaluaciones de los programas a su cargo, de conformidad con los plazos y los términos previstos para tales efectos en el artículo 79 de la referida ley así como en la Norma para establecer el formato para la difusión de los resultados de las evaluaciones de los recursos federales ministrados a las entidades federativas, aplicables a la Federación, las entidades federativas, los municipios y, en su caso, las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, publicada por el Consejo Nacional de Armonización Contable, en el Diario Oficial de la Federación del 4 de abril de 2013, o sus subsecuentes modificaciones. (B) Los sujetos obligados que, derivado de sus atribuciones, no realicen evaluaciones ni encuestas a programas financiados con recursos públicos, deberán especificarlo mediante una leyenda fundamentada, motivada y actualizada al periodo que corresponda.
FRACCIONES XXXIX ACTAS DEL COMITE DE TRANSPARENCIA.
(A) En esta fracción se publicará información de las resoluciones del Comité de Trans...
Leer más(A) En esta fracción se publicará información de las resoluciones del Comité de Transparencia, establecidas en el artículo 44 de la Ley General, las cuales darán cuenta de las funciones de ese organismo colegiado. Todos los sujetos obligados con excepción de los organismos o unidades referidas en el quinto párrafo del artículo 43 de la Ley estarán supeditados a la autoridad del Comité de Transparencia. (B) El segundo formato informará de las resoluciones y/o actas que emita el Comité de Transparencia para dar cumplimiento a las acciones y losprocedimientos para asegurar la mayor eficacia en la gestión de lassolicitudes en materia de acceso a lainformación (C) El tercer formato tendrá los datos vigentes del Presidente y los demás integrantes del Comité de Transparencia y en el cuarto formato se incluirá, durante el primer trimestre el calendario de sesiones ordinarias que celebrara el Comité de Transparencia en todo el ejercicio en curso, los hipervínculos a las actas de las sesiones que se han celebrado a lo largo del año se incluirán trimestralmente, asimismo se publicara la información de las reuniones extraordinarias que, en su caso, se celebren cada trimestre. (D) El calendario de las sesiones a celebrar, se publicará en el primer trimestre de cada año y se actualizará trimestralmente con los hipervínculos a las actas de las sesiones y la información de las sesiones extraordinarias que, en su caso, se celebren.
FRACCIONES XXXVIII LOS PROGRAMAS QUE OFRECEN.
(A) En esta fracción todos los sujetos obligados publicarán la información de todos l...
Leer más(A) En esta fracción todos los sujetos obligados publicarán la información de todos los programas distintos a los programas que están publicitados en el artículo 70, fracción XV de la Ley General (programas de subsidios, estímulos y apoyos, programas de transferencia, de servicios, de infraestructura social). (B) De cada programa se incluirá el proceso básico a seguir para acceder al mismo, el cual podrá representarse en un diagrama (hipervínculo al documento), fases o pasos a seguir. El sujeto obligado considerará la claridad de la información y optará por la herramienta que permita un mejor entendimiento del proceso a seguir por parte de los participantes o beneficiarios.
FRACCIONES XXXVII MECANISMOS DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA.
(A) Todos los sujetos obligados publicarán el conjunto de acciones que pretenden impu...
Leer más(A) Todos los sujetos obligados publicarán el conjunto de acciones que pretenden impulsar el desarrollo local y la democracia participativa, tales como actividades, informes, concursos, comités, sesiones, encuestas, consultas, foros, eventos, experiencias y demás mecanismos de participación ciudadana de los que dispongan, incluidos aquellos que utilicen como medio las tecnologías de la información y comunicación, como los sitios de Internet (o portales institucionales) de conformidad con la normatividad aplicable, procurando atender las mejores prácticas a nivel internacional, con el objetivo de disminuir las barreras de entrada a la consulta, participación y colaboración. (B) Adicionalmente, en esta fracción los sujetos obligados especificarán la forma en que recibirán las aportaciones de los ciudadanos y la validación de los resultados de sus mecanismos de participación ciudadana, entendida como la labor de los sujetos obligados para considerar o retomar alguna(s) o todas la(s) propuesta(s) ciudadana(s)
FRACCION XXXVI LAS RESOLUCIONES Y LAUDOS.
Todos los sujetos obligados que, derivado de sus atribuciones emitan resoluciones y/o...
Leer másTodos los sujetos obligados que, derivado de sus atribuciones emitan resoluciones y/o laudos derivadas de procesos judiciales, administrativos o arbitrales; publicarán de manera trimestral las determinaciones emitidas en procesos o procedimientos seguidos en forma de juicio
FRACCIONES XXXV LAS RECOMENDACIONES EMITIDAS POR LA CNDH.
En cumplimiento de la presente fracción todos los sujetos obligados publicarán un lis...
Leer másEn cumplimiento de la presente fracción todos los sujetos obligados publicarán un listado con información relativa a las recomendaciones que le han sido emitidas por parte de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), los organismos estatales de protección de los derechos humanos y los internacionales en la materia, independientemente de que se hayan aceptado o rechazado, así como la información relativa al seguimiento de las mismas.
FRACCIONES XXXIV INVENTARIO DE BIENES MUEBLES E INMUEBLES EN POSICION Y PROPIEDAD.
(A) Todos los sujetos obligados publicarán el inventario de bienes muebles e inmueble...
Leer más(A) Todos los sujetos obligados publicarán el inventario de bienes muebles e inmuebles107 que utilicen, tengan a su cargo y/o les hayan sido asignados para el ejercicio de sus funciones; que destinen a un servicio público conforme a la normatividad aplicable o por cualquier concepto, tanto si son propiedad del sujeto obligado como que se encuentren en posesión de éstos. (B) Respecto de los bienes muebles, se registrará tanto el mobiliario y equipo - incluido el de cómputo- como los vehículos y demás bienes muebles al servicio de los sujetos obligados de conformidad con la Ley General de Contabilidad Gubernamental y de la normativa para el caso emita el Consejo Estatal de Armonización Contable para Nayarit. (C) El inventario se organizará de conformidad con lo establecido en los Lineamientos para la elaboración del catálogo de bienes inmuebles que permita la interrelación automática con el clasificador por objetodel gasto y la lista de cuentas, publicado en el Periódico Oficial, Órgano de Gobierno del Estado de Nayarit, (D) , el inventario contará con algunos de los elementos establecidos en el Acuerdo por el cual se emiten las Normas y Procedimientos para la Integración y Actualización del Sistema de Información Inmobiliaria Federal y Paraestatal, así como en la Ley General de Contabilidad Gubernamental
FRACCION XXXIII LOS CONVENIOS DE COORDINACION.
Los convenios de coordinación de concertación con los sectores social y privado. Todo...
Leer másLos convenios de coordinación de concertación con los sectores social y privado. Todos los sujetos obligados deberán publicar la información relativa a cualquier convenio de coordinación que suscriban para lograr los objetivos de la planeación nacional del desarrollo. Se entenderá que los convenios de coordinación se celebran entre los organismos públicos de la federación, las entidades federativas y los municipios; en tanto que los de concertación son celebrados con los sectores social y privado, tanto en el ámbito nacional como internacional.
FRACCION XXXII PADRON DE PROVEEDORES Y CONTRATISTAS.
En cumplimiento a la presente fracción, los sujetos obligados deberán publicar un pad...
Leer másEn cumplimiento a la presente fracción, los sujetos obligados deberán publicar un padrón con información relativa a las personas físicas117 y morales con las que celebren contratos de adquisiciones, arrendamientos, servicios, obras públicas y/o servicios relacionados con las mismas, que deberá actualizarse por lo menos cada tres meses.
FRACCIONES XXXI INFORMES AVANCES PROGRAMATICOS.
(A) Cada uno de los sujetos obligados debe publicar y actualizar la información finan...
Leer más(A) Cada uno de los sujetos obligados debe publicar y actualizar la información financiera registrada en su Sistema de Contabilidad Gubernamental (SCG), en cumplimiento de la Ley General de Contabilidad Gubernamental, el Acuerdo por el que se emite el Marco Conceptual de Contabilidad Gubernamental publicado en el DOF el 20 de agosto de 2009 y demás normatividad aplicable. (B) Con relación a la información programática o presupuestal, balance general y sus estados financieros que generaron conforme a las normas, estructura, formatos y contenido de la información, que para tal efecto estableció el Consejo de Estatal de Armonización Contable para Nayarit.
FRACCCION XXX LAS ESTADISTICAS QUE GENEREN.
Las estadísticas que generen en cumplimiento de sus facultades, competencias o funcio...
Leer másLas estadísticas que generen en cumplimiento de sus facultades, competencias o funciones con la mayor desagregación posible
FRACCION XXIX INFORMES SUJETOS OBLIGADOS.
En cumplimiento de la presente fracción los sujetos obligados deberán publicar una re...
Leer másEn cumplimiento de la presente fracción los sujetos obligados deberán publicar una relación de todos y cada uno de los informes que, de acuerdo con su naturaleza y la normatividad vigente que les resulte aplicable, se encuentren obligados a rendir ante cualquier otro sujeto obligado; asimismo, se deberá vincular al documento del informe que corresponda114,La relación deberá incluir, por lo menos, los informes de: gobierno; labores o actividades; en materia de transparencia y protección de datos personales, así como los insumos que, de conformidad con el artículo 44, fracción VII de la Ley General, el Comité de Transparencia de cada sujeto obligado rinde a los Organismos garantes.
FRACCIONES XXVIII PROCEDIMIENTO DE LICITACION PUBLICA.
(A) La información sobre los resultados sobre procedimientos de adjudicación directa,...
Leer más(A) La información sobre los resultados sobre procedimientos de adjudicación directa, invitación restringida y licitación de cualquier naturaleza, incluyendo la Versión Pública del Expediente respectivo y de los contratos celebrados. (B) En este apartado se dispone cuáles son los contenidos y la forma en que los sujetos obligados deberán publicar y actualizarla información que generen,relativa a losresultados de losprocedimientosde licitaciónpública, invitación restringida y adjudicación directa, así como los equivalentes que realizanen términos de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos, Servicios y Almacenes del Estado de Nayarit yla Ley de Obra Pública del Estado de Nayarit y demás que resulten aplicables en materia de adquisiciones, arrendamiento de bienes muebles, prestación de servicios y contrataciones de obras públicas, y los servicios relacionados con las mismas
FRACCIÓN XXVII CONCESIONES, CONTRATOS, CONVENIOS, PERMISOS, LICENCIAS O AUTORIZACIONES OTORGADAS.
Las concesiones, contratos, convenios, permisos, licencias o autorizaciones otorgados...
Leer másLas concesiones, contratos, convenios, permisos, licencias o autorizaciones otorgados, especificando los titulares de aquéllos, debiendo publicarse su objeto, nombre o razón social del titular, vigencia, tipo, términos, condiciones, monto y modificaciones, así como si el procedimiento involucra el aprovechamiento de bienes, servicios y/o recursos públicos Los sujetos obligados publicarán información relativa a cualquier tipo de concesión, contratos, convenios, permisos, licencias o autorizaciones otorgados, de acuerdo con sus atribuciones establecidas en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y la constitución de cada entidad federativa, así como la respectiva ley orgánica de las administraciones públicas estatales y municipales
FRACCIÓN XXVI LISTADO PERSONAS FÍSICAS O MORALES.
Los montos, criterios, convocatorias y listado de personas físicas o morales a quiene...
Leer másLos montos, criterios, convocatorias y listado de personas físicas o morales a quienes, por cualquier motivo, se les asigne o permita usar recursos públicos o en los términos de las disposiciones aplicables, realicen actos de autoridad. Asimismo, los informes que dichas personas les entreguen sobre el uso y destino de dichos recursos
FRACCIÓN XXV DICTAMINACION ESTADOS FINANCIEROS.
Todos los sujetos obligados publicarán el informe de resultados de los dictámenes rea...
Leer másTodos los sujetos obligados publicarán el informe de resultados de los dictámenes realizados a sus estados financieros por las empresas auditoras contratadas para tal fin. La dictaminación de los estados financieros deberá realizarla un contador público registrado en términos de las disposiciones que establezcan el Código Fiscal de la Federación y los códigos u ordenamientos fiscales de las Entidades Federativas.
FRACCIÓN XXIV RESULTADOS DE LAS AUDITORIAS.
Los sujetos obligados publicarán la información correspondiente a los resultados de l...
Leer másLos sujetos obligados publicarán la información correspondiente a los resultados de las auditorias internas y externas realizadas a su ejercicio presupuestal, así como los hallazgos, observaciones, conclusiones, recomendaciones, dictámenes o documentos correspondientes, entregados por la instancia que las haya realizado y, en su caso, el seguimiento a cada una de ellas
FRACCIONES XXIII GASTOS DE COMUNICACIÓN SOCIAL.
(A) Los sujetos obligados deberán publicar y actualizar la información tanto de los p...
Leer más(A) Los sujetos obligados deberán publicar y actualizar la información tanto de los programas de comunicación social o equivalente que de acuerdo con la normatividad aplicable deban elaborar, como la de los recursos públicos erogados o utilizados para realizar las actividades relacionadas con la comunicación y la publicidad institucionales a través de los distintos medios de comunicación: espectaculares, Internet, radio, televisión, cine, medios impresos, digitales, entre otros. Se trata de todas aquellas asignaciones destinadas a cubrir los gastos de realización y difusión de mensajes y campañas para informar a la población sobre los programas, servicios públicos y el quehacer gubernamental en general; así como la publicidad comercial de los productos y servicios que generan ingresos para los sujetos obligados. (B) En la primer categoría: Programa Anual de Comunicación Social o equivalente los sujetos obligados deben publicar y actualizar anualmente, al inicio del año, el documento que realicen respecto al Programa Anual de Comunicación Social65 o equivalente, de acuerdo con los datos especificados en su normatividad aplicable o ámbito al cual pertenezcan (C) Erogación de recursos por contratación de servicios de impresión, difusión y publicidad, se deberá indicar si el sujeto obligado que está publicando la información tienela función de contratante, solicitante o contratante y solicitante, con base en las atribuciones que lehayan sido conferidas.
FRACCIONES XXII CONTRATACIÓN DE FINANCIAMIENTO.
(a) Los sujetos obligados publicarán y actualizarán la información relativa a las obl...
Leer más(a) Los sujetos obligados publicarán y actualizarán la información relativa a las obligaciones o empréstitos que se constituyan en deuda pública y deuda externa, las cuales se hayan contraído en términos de lo establecido en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, las constituciones de las entidades federativas, la Ley General de Deuda Pública, la Ley de Coordinación Fiscal Federal y demás normatividad en la materia (b) . Los instrumentos jurídicos relativos a la contratación de Financiamientos y Obligaciones (c) Los sujetos obligados deberán publicar la información relativa a las obligaciones o financiamientos adquiridos que afecten su patrimonio, únicamente en lo que comprometa recurso público.
FRACCIONES XXI LA INFORMACIÓN FINANCIERA.
(a) La información que publicarán los sujetos obligados en cumplimiento de esta fracc...
Leer más(a) La información que publicarán los sujetos obligados en cumplimiento de esta fracción se organizará de conformidad con los siguientes rubros: • Presupuesto asignado anual • Ejercicio de los egresos presupuestarios • Cuenta Pública (b) e la información financiera como “… la información presupuestaria y contable expresada en unidades monetarias, sobre las transacciones que realiza un ente público y los eventos económicos identificables y cuantificables que lo afectan, la cual puede representar se por reportes, informes, estados y notas que expresan su situación financiera, los resultados de su operación y los cambios en su patrimonio (c) Respecto al contenido de la Cuenta Pública, se deberán incluir “Informe de contenido contable, financiero, presupuestal, programático, legal, fiscal y económico relativo a la gestión financiera y al ejercicio del gasto público, que rinden los poderes del estado, los órganos constitucionalmente autónomos y los ayuntamientos del estado
FRACCIONES XX TRAMITES, REQUISITOS Y FORMATOS.
(a) Los Sujetos Obligados publicarán la información relacionada con las tareas admini...
Leer más(a) Los Sujetos Obligados publicarán la información relacionada con las tareas administrativas que realizan en sus diferentes ámbitos (federal, estatal, delegacional y municipal) con el objeto de cumplir una obligación o, en general, a fin de que se emita una resolución. (b) De igual manera, señala que el Catálogo Nacional de Regulación, Trámites y Servicios es la herramienta tecnológica que compila las Regulaciones, los Trámites y los Servicios de los Sujetos Obligados, con el objeto de otorgar seguridad jurídica a las personas, dar transparencia, facilitar el cumplimiento regulatorio, así como fomentar el uso de tecnologías de la información. La información que contenga dicho catálogo será vinculante para los Sujetos Obligados en el ámbito de sus competencias, además de que su inscripción y actualización es permanente y obligatoria para todos los sujetos obligados.
FRACCIONES XIX LOS SERVICIOS QUE OFRECEN.
(a) Los sujetos obligados deberán publicar la información necesaria para que los part...
Leer más(a) Los sujetos obligados deberán publicar la información necesaria para que los particulares conozcan y gocen de los servicios públicos que prestan, tratándose tanto de aquellas actividades realizadas por la administración pública para satisfacer necesidades de la población, como las que realicen los sujetos obligados que no formen parte de la Administración Pública, pero que involucren el uso de recursos públicos (b) En el caso de los servicios públicos, se publicará la información señalando si se prestan directamente o de manera indirecta, es decir, mediante algún permisionario, concesionario o empresas productivas del Estado, siempre conforme a las leyes y reglamentos vigentes
FRACCIÓN XVIII SERVIDORES PÚBLICOS CON SANCIONES.
Los sujetos obligados publicarán la información relativa a los datos de los(as) servi...
Leer másLos sujetos obligados publicarán la información relativa a los datos de los(as) servidores(as) públicos(as) y/o personas que desempeñen un empleo, cargo o comisión y/o ejerzan actos de autoridad en ellos y, con apoyo de las entidades de fiscalización superior de las entidades federativas, en su caso, los órganos internos de control o las instancias competentes, harán pública la información correspondiente a las sanciones administrativas definitivas que, en su caso, han sido emitidas en su contra por los órganos de control.
FRACCION XVII INFORMACIÓN CURRICULAR.
La información curricular desde el nivel de jefe de departamento o equivalente hasta...
Leer másLa información curricular desde el nivel de jefe de departamento o equivalente hasta el titular del sujeto obligado, así como, en su caso, las sanciones administrativas de que haya sido objeto.
FRACCION XVI CONDICIONES GENERALES DE TRABAJO
(A) Las condiciones generales de trabajo, contratos o convenios que regulen las relac...
Leer más(A) Las condiciones generales de trabajo, contratos o convenios que regulen las relaciones laborales del personal de base o de confianza, así como los recursos públicos económicos, en especie o donativos, que sean entregados a los sindicatos y ejerzan como recursos públicos . (B) La segunda deberá especificar cuáles son los recursos públicos económicos –en especie o donativos– que ha entregado a los sindicatos, el ejercicio y periodo que se informa, mencionando la fecha de entrega de los recursos, el tipo de recurso público (efectivo, en especie, materiales, donativos), monto, objeto de la donación, descripción de los recursos en especie y nombre del sindicato al que se le entregó el recurso
FRACCIONES XV PROGRAMAS DE SUBSIDIOS.
(a) La información de los programas de subsidios, estímulos y apoyos, en el que se de...
Leer más(a) La información de los programas de subsidios, estímulos y apoyos, en el que se deberá informar respecto de los programas de transferencia, de servicios, de infraestructura social y de subsidio, en los que se deberá contener lo siguiente: a) Área; b) Denominación del programa; c) Período de vigencia; d) Diseño, objetivos y alcances; e) Metas físicas; f) Población beneficiada estimada; g) Monto aprobado, modificado y ejercido, programación presupuestal, así como los calendarios de su programación presupuestal; h) Requisitos y procedimientos de acceso; i) Procedimiento de queja o inconformidad ciudadana; j) Mecanismos de exigibilidad; k) Mecanismos de evaluación, informes de evaluación y seguimiento de recomendaciones; l) Indicadores con nombre, definición, método de cálculo, unidad de medida, dimensión, frecuencia de medición, nombre de las bases de datos utilizadas para su cálculo; m) Formas de participación social; n) Articulación con otros programas sociales; o) Vínculo a las reglas de operación o documento equivalente; p) Informes periódicos sobre la ejecución y los resultados de las evaluaciones realizadas; y q) Padrón de beneficiarios mismo que deberá contener los siguientes datos: nombre de la persona física o denominación social de las personas morales beneficiarias, el monto, recurso, beneficio o apoyo otorgado para cada una de ellas, unidad territorial, en su caso edad y sexo. (b) Respecto a los programas sociales que desarrollan, regulan y/o tienen a su cargo los sujetos obligados publicarán los datos de los padrones de beneficiarios de acuerdo con la Ley General de Desarrollo Social y los Lineamientos para la constitución, actualización, autenticidad, inalterabilidad, seguridad y difusión de la información del Padrón de Beneficiario emitidos por la Secretaría del Bienestar
FRACCION XIV CONVOCATORIA Y CONCURSOS.
El sujeto obligado publicará los avisos, invitaciones y/o convocatorias que emita par...
Leer másEl sujeto obligado publicará los avisos, invitaciones y/o convocatorias que emita para ocupar cualquier tipo de cargo, puesto o equivalente; cuando sea sometido a concurso, público o cerrado, de acuerdo con su naturaleza.
FRACCIÓN XIII UNIDAD Y COMITÉ DE TRANSPARENCIA.
(a) Todos los sujetos obligados publicarán la información necesaria para que las pers...
Leer más(a) Todos los sujetos obligados publicarán la información necesaria para que las personas puedan establecer contacto y comunicación con su respectiva Unidad de Transparencia (UT) y, si así lo requieren, auxiliarlos en la elaboración de solicitudes de acceso a la información y en su caso orientarlos sobre los sujetos obligados competentes conforme a la normatividad aplicable, tal como lo establece el artículo 45, fracción III, de la Ley General; además, si se requiere, deberán orientarlos al sistema de solicitudes de acceso a la información que corresponda. Por tal motivo, de forma complementaria al domicilio oficial y dirección electrónica, se incluirán datos generales del(la) responsable de la Unidad de Transparencia, así como los nombres del personal habilitado para cumplir con las funciones establecidas en el referido artículo, independientemente de que su nivel sea menor al de jefe de departamento u homólogo (b) s, los sujetos obligados deberán publicar una leyenda en la que se indique que las solicitudes de información pública que se reciben a través del correo electrónico ya señalado en las oficinas designadas para ello, vía telefónica, correo postal, mensajería, telégrafo, verbalmente o cualquier medio, podrán presentarse mediante los requisitos máximos que indica la LTAIPEN y un hipervínculo al Sistema de solicitudes de acceso a la información contenido
FRACCIÓN XII DECLARACIONES PATRIMONIALES.
Los sujetos obligados deberán publicar la versión pública, aprobada por el Comité de...
Leer másLos sujetos obligados deberán publicar la versión pública, aprobada por el Comité de Transparencia, de la declaración de situación patrimonial de todos(as) los(as) servidores(as) públicos(as), integrantes, miembros del sujeto obligado y/o toda persona que desempeñe un empleo, cargo o comisión y/o ejerza actos de autoridad, en sus tres modalidades: inicio, modificación y de conclusión, de conformidad con la normatividad que resulte aplicable en la materia.
FRACCIÓN XI CONTRATOS SERVICIOS PROFESIONALES.
En cumplimiento de la presente fracción, los sujetos obligados publicarán información...
Leer másEn cumplimiento de la presente fracción, los sujetos obligados publicarán información de las personas contratadas bajo el régimen de servicios profesionales por honorarios y servicios profesionales por honorarios asimilados a salarios; entendiéndose éstos como los servicios que se contratan y/o prestan a cambio de una retribución por ellos .
FRACCIONES X TOTAL DE PLAZAS BASE Y CONFIANZA.
(A) En este apartado los sujetos obligados publicarán información con base en su estr...
Leer más(A) En este apartado los sujetos obligados publicarán información con base en su estructura orgánica vigente, aprobada y registrada por el órgano competente. Desde cada nivel de estructura se deberá incluir la denominación de las áreas que le están subordinadas jerárquica mente y desde cada área se incluirá la información del total de plazas tanto de base como de confianza, sean éstas de carácter permanente o eventual, así como, en su caso, el personal de milicia (B) . Desde cada nivel de estructura se deberá incluir el listado de las áreas que le están subordinadas jerárquica mente y desde cada área se desplegará el listado con el total de plazas tanto de base como de confianza, sean de carácter permanente o eventual, de tal forma que se señale cuáles están ocupadas y cuáles vacantes, así como los totales.
FRACCIÓN IX GASTOS DE REPRESENTACIÓN / VIATICOS
El Clasificador por Objeto del Gasto emitido por el Consejo Nacional de Armonización...
Leer másEl Clasificador por Objeto del Gasto emitido por el Consejo Nacional de Armonización Contable define a los servicios de traslado y viáticos como las “asignaciones destinadas a cubrir los servicios de traslado, instalación y viáticos del personal, cuando por el desempeño de sus labores propias o comisiones de trabajo, requieran trasladarse a lugares distintos al de su adscripción”.
FRACCIÓN VII DIRECTORIO DE SERVIDORES PUBLICOS.
(A) La remuneración bruta y neta de todos los Servidores Públicos de base o de confia...
Leer más(A) La remuneración bruta y neta de todos los Servidores Públicos de base o de confianza, de todas las percepciones, incluyendo sueldos, prestaciones, gratificaciones, primas, comisiones, dietas, bonos, estímulos, ingresos y sistemas de compensación, señalando la periodicidad de dicha remuneración (B) aplicable a cada sujeto obligado, así como todos los conceptos que sean adicionales y distintos a las remuneraciones y que, de conformidad con la normatividad aplicable a cada sujeto obligado, se entreguen, entre otros: percepciones en efectivo o en especie, prestaciones, gratificaciones, primas, comisiones, dietas, bonos, estímulos, apoyos económicos, sistemas de compensación e ingresos, especificando la periodicidad con que se otorga cada uno de éstos.
FRACCIÓN VIII REMUNERACIÓN SERVIDORES PÚBLICOS
(A) La remuneración bruta y neta de todos los Servidores Públicos de base o de confia...
Leer más(A) La remuneración bruta y neta de todos los Servidores Públicos de base o de confianza, de todas las percepciones, incluyendo sueldos, prestaciones, gratificaciones, primas, comisiones, dietas, bonos, estímulos, ingresos y sistemas de compensación, señalando la periodicidad de dicha remuneración (B) Aplicable a cada sujeto obligado, así como todos los conceptos que sean adicionales y distintos a las remuneraciones y que, de conformidad con la normatividad aplicable a cada sujeto obligado, se entreguen, entre otros: percepciones en efectivo o en especie, prestaciones, gratificaciones, primas, comisiones, dietas, bonos, estímulos, apoyos económicos, sistemas de compensación e ingresos, especificando la periodicidad con que se otorga cada uno de éstos
FRACCIÓN VI INDICADORES DE OBJETIVOS Y RESULTADOS.
El artículo 6to constitucional establece en su fracción V que, para garantizar el eje...
Leer másEl artículo 6to constitucional establece en su fracción V que, para garantizar el ejercicio del derecho de acceso a la información, la Federación, los Estados y la Ciudad de México, en el ámbito de sus respectivas competencias, los sujetos obligados se regirán por el siguiente principio y base: “Los sujetos obligados deberán preservar sus documentos en archivos administrativos actualizados y publicarán a través de los medios electrónicos disponibles, la información completa y actualizada sobre sus indicadores de gestión y el ejercicio de los recursos públicos.” Aunado a lo anterior los sujetos obligados que se regulen por la Ley General de Contabilidad Gubernamental así como por las disposiciones que emita el Consejo Nacional de Armonización Contable publicarán la información de los indicadores de desempeño observando lo establecido en los Lineamientos para la construcción y diseño de indicadores de desempeño mediante la Metodología de Marco Lógico emitidos por el Consejo antes citado, publicados en el Diario Oficial de la Federación el 16 de mayo de 2013 o sus subsecuentes modificaciones y podrán hacer uso de las Guías para la construcción de la MIR y para el diseño de indicadores que se encuentran disponibles en las páginas de Internet de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y el CONEVAL. La información deberá publicarse de tal forma que sea posible la consulta por sujeto obligado, año y área o unidad responsable del programa. Los sujetos obligados que no estén regulados por la Ley General de Contabilidad Gubernamental, así como por las disposiciones emitidas por el Consejo Nacional de Armonización Contable referidas en el presente apartado, podrán sujetarse a éstas para efecto de dar cumplimiento a los presentes Lineamientos
FRACCIÓN V INDICADORES DE INTERÉS PUBLICO
El artículo 6to constitucional establece en su fracción V que, para garantizar el eje...
Leer másEl artículo 6to constitucional establece en su fracción V que, para garantizar el ejercicio del derecho de acceso a la información, la Federación, los Estados y la Ciudad de México, en el ámbito de sus respectivas competencias, los sujetos obligados se regirán por el siguiente principio y base: “Los sujetos obligados deberán preservar sus documentos en archivos administrativos actualizados y publicarán a través de los medios electrónicos disponibles, la información completa y actualizada sobre sus indicadores de gestión y el ejercicio de los recursos públicos.” Aunado a lo anterior los sujetos obligados que se regulen por la Ley General de Contabilidad Gubernamental así como por las disposiciones que emita el Consejo Nacional de Armonización Contable publicarán la información de los indicadores de desempeño observando lo establecido en los Lineamientos para la construcción y diseño de indicadores de desempeño mediante la Metodología de Marco Lógico emitidos por el Consejo antes citado, publicados en el Diario Oficial de la Federación el 16 de mayo de 2013 o sus subsecuentes modificaciones y podrán hacer uso de las Guías para la construcción de la MIR y para el diseño de indicadores que se encuentran disponibles en las páginas de Internet de la Secretaría de Hacienda y Crédito Publico y el CONEVAL, la información deberá publicarse de tal forma que sea posible la consulta por sujeto obligado, año y área o unidad responsable del programa. Los sujetos obligados que no estén regulados por la Ley General de contabilidad Gubernamental, así como por las disposiciones emitidas por el consejo Nacional de Armonizacion Contable referidas en el presente apartado, podrán sujetarse a estas para efecto de dar cumplimiento a los presentes lineamientos.
FRACCIÓN IV PROGRAMA ANUAL DE TRABAJO
Para el cumplimiento de esta fracción se deberá entender como meta la cuantificación...
Leer másPara el cumplimiento de esta fracción se deberá entender como meta la cuantificación y/o expresión numérica del o los objetivos y/o indicadores que planea o busca alcanzar el sujeto obligado a través de cada una de las áreas o unidades responsables ejecutoras del gasto o concentradoras que consoliden las actividades, según corresponda, en el tiempo especificado y con los recursos necesarios en los términos de la normatividad que le sea aplicable. La información publicada en esta fracción deberá ser correspondiente con las áreas o unidades ejecutoras del gasto que forman parte del sujeto obligado, para cada una de estas áreas se publicarán sus metas y objetivos vinculados a los programas operativos, presupuestarios, sectoriales, regionales institucionales, especiales, de trabajo y/o anuales en términos de la normatividad que le sea aplicable. La información deberá publicarse de tal forma que se posibilite la consulta por año y por área, de cada una de éstas se brindará la posibilidad de consultar sus objetivos, indicadores, así como las metas propuestas. Se deberá incluir un hipervínculo al o los programas operativos, presupuestarios, sectoriales, regionales, institucionales, especiales, de trabajo y/o anuales, o secciones de éstos, en los que se establecerá la meta u objetivo del ejercicio en curso y el correspondiente a los seis ejercicios anteriores cuando la normatividad de contabilidad gubernamental así lo establezca.
FRACCIÓN III FACULTADES DE CADA ÁREA
En cumplimiento a esta fracción, los sujetos obligados publicarán las facultades resp...
Leer másEn cumplimiento a esta fracción, los sujetos obligados publicarán las facultades respecto de cada una de las áreas previstas en el reglamento interior, estatuto orgánico o normatividad equivalente respectiva, entendidas éstas como las aptitudes o potestades que les otorga la ley para para llevar a cabo actos administrativos y/o legales válidos, de los cuales surgen obligaciones, derechos y atribuciones.
FRACCIÓN II ESTRUCTURA ORGÁNICA
(A) Su estructura orgánica completa, en un formato que permita vincular cada parte de...
Leer más(A) Su estructura orgánica completa, en un formato que permita vincular cada parte de la estructura, las atribuciones y responsabilidades que le corresponden a cada servidor público, prestador de servicios profesionales o miembro de los sujetos obligados de conformidad con las disposiciones aplicables. (B) Se publicará un hipervínculo al organigrama completo, con el objetivo de visualizar la representación gráfica de la estructura orgánica, desde el puesto del titular del sujeto obligado hasta el nivel de jefatura de departamento o su homólogo y, en su caso, los prestadores de servicios profesionales y/o cualquier otro tipo de personal adscrito.
FRACCIÓN I MARCO NORMATIVO
El marco normativo aplicable al sujeto obligado, en el que deberá incluirse normas co...
Leer másEl marco normativo aplicable al sujeto obligado, en el que deberá incluirse normas constitucionales, leyes, códigos, reglamentos, decretos de creación, manuales administrativos, reglas de operación, acuerdos, criterios, circulares, políticas y demás ordenamientos o disposiciones de observancia general que fundamenten y den marco a la actuación y funciones de los sujetos obligados.